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Yucatán despenaliza el aborto antes de las 12 semanas

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Ricardo García

La marea verde sigue avanzando en México. El Congreso de Yucatán aprobó la despenalización del aborto hasta la semana 12, luego de ejecutarse la votación en el pleno con un resultado de 22 votos a favor.

El dictamen, votado el pasado miércoles 9 de abril y presentado por las diputadas Clara Rosales de Morena y la diputada de Movimiento Ciudadano, Larissa Acosta. derogó el artículo 392 del Código Penal de Yucatán, el cual castigaba a las mujeres y personas gestantes que decidieran interrumpir el embarazo. Además, modifica el artículo389, por lo que el delito pasa de aborto a aborto forzado y contempla sancionar a quienes obliguen a una persona a interrumpir el embarazo.

“Bajo el contexto de sí una mujer aborta por razones de salud o por estar en peligro su vida o en situaciones en las que se considera que la gestación representa un grave riesgo para su bienestar, el acto no se debe de tratar como un homicidio” explicó Rosales.

Los diputados estatales aprobaron por mayoría de 22 votos a favor y 13 en contra, el dictamen de las comisiones unidas de Justicia y Seguridad Pública, y de Salud y Seguridad Social, en materia de autonomía reproductiva y derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes, esto en el marco de la sentencia resuelta por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En este se expone que, de acuerdo con el mandato de la Suprema Corte, se permite el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes hasta las 12 semanas y se establece con claridad el tipo penal de aborto forzado y se aumentan las penas para este delito pasando de 3 a 8 años, a 5 y 10 años de prisión; y en el caso del aborto forzado con violencia pasando de 6 a 9 años, a 9 y 15 años de prisión.

Asimismo, se mantiene la definición del aborto como la interrupción del embarazo en cualquier momento antes de su conclusión, establecido en el artículo 389 del Código Penal de Yucatán, de acuerdo con un comunicado del Congreso de la entidad.

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Cabe destacar que posterior a las 12 semanas de gestación, la práctica del aborto será considerada un delito con sanciones que van desde tres meses hasta un año de prisión o de 50 a 200 días de trabajo comunitario.

Hasta el momento, 23 de las 32 entidades federativas de México han despenalizado el aborto:

  1. Aguascalientes
  2. Baja California
  3. Baja California Sur
  4. Campeche
  5. Chiapas
  6. Chihuahua
  7. Ciudad de México
  8. Coahuila
  9. Colima
  10. Estado de México
  11. Guerrero
  12. Hidalgo
  13. Jalisco
  14. Michoacán
  15. Nayarit
  16. Oaxaca
  17. Puebla
  18. Quintana Roo
  19. San Luis Potosí
  20. Sinaloa
  21. Veracruz
  22. Yucatán
  23. Zacatecas

¿En qué estados de México es ilegal el aborto?

En los siguientes nueve estados, el aborto únicamente es permitido en situaciones excepcionales, como casos de violación o peligro de muerte. Estos son Sonora, Durango, Nuevo León, Tamaulipas, Guanajuato, Querétaro, Morelos, Tlaxcala y Tabasco.

Como mencionamos anteriormente, la SCJN declaró la inconstitucionalidad de castigar penalmente el ejercicio del derecho a decidir, al establecer que “el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo”. Sin embargo, precisó que esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva. Por lo tanto, “criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”.

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