Interjet, la aerolínea mexicana que suspendió sus operaciones en diciembre de 2020, ha sido declarada formalmente en quiebra por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles.
La orden judicial establece que se deben vender los bienes de la compañía para cumplir con sus acreedores, además de que el Juzgado ordenó la inmediata ocupación física de Interjet y la enajenación de sus bienes y derechos en términos de la Ley de Concursos Mercantiles.
El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles deberá ratificar al conciliador Gerardo Sierra como síndico o designar a alguien más en un plazo de cinco días.
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“Se declara de plano el estado de quiebra a la comerciante. Se declara abierta la etapa de quiebra. En términos de los artículos 169, fracción V, y 170 de la Ley de Concursos Mercantiles, se ordena al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, que dentro del término de cinco días en su caso, ratifique al conciliador Gerardo Sierra, como síndico, o en caso contrario designe uno distinto”.
Mientras tanto, Interjet deberá entregar la posesión y administración de los bienes y derechos al síndico:
“De conformidad con lo establecido en el artículo 169, fracción I, de la Ley de Concursos Mercantiles, queda suspendida la capacidad de ejercicio de la comerciante sobre los bienes y derechos que integran la masa, los cuales serán administrados por el síndico, quien para el ejercicio de sus funciones y con sujeción a lo previsto en el ordenamiento legal en cita, contará con las más amplias facultades incluyendo las de dominio, que en derecho procedan, conforme al artículo 178 de la ley en cita”.
Asimismo, el dictamen prohíbe a los deudores de Interjet pagarle o entregarle bienes sin autorización del síndico y este deberá iniciar las diligencias de ocupación de los bienes de la comerciante.
El síndico deberá solicitar la inscripción de la sentencia en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, así como en todos aquellos lugares en los cuales las comerciantes tuvieran alguna agencia, sucursal o bienes sujetos de inscripción.